
Actualidad: Los derechos de las personas mayores siguen esperando
Hasta la fecha, Chile no ha ratificado la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (OEA, 2015), la cual firmó en 2017. Esta falta de ratificación limita el reconocimiento formal y legal de los derechos de las personas mayores como un grupo específico sujeto a protección integral.
Si bien existen avances en políticas públicas, estos no son exigibles como derechos humanos garantizados por ley, lo que genera importantes vacíos en la protección efectiva de este grupo.
En 2019 se ingresó el Proyecto de Ley de Envejecimiento Activo y Digno, cuyo objetivo es promover, proteger y garantizar derechos de las personas mayores, tales como el acceso a la salud integral, a la justicia efectiva y a un trato digno, entre otros. Sin embargo, pese a haber sido aprobado en la Comisión de Personas Mayores de la Cámara de Diputados, el proyecto permanece estancado en la Comisión de Hacienda, luego de que el Poder Ejecutivo retirara su urgencia. Esto ha impedido su avance legislativo y, en consecuencia, persisten vacíos significativos en el reconocimiento del edadismo, la autonomía, la equidad de género y el acceso a la justicia.
El diputado Jorge Guzmán, representante del Maule y jefe de bancada de Evópoli, ha exigido al Gobierno que reponga la urgencia legislativa (ver nota: Diputado Jorge Guzmán insta al Gobierno a priorizar la Ley de Envejecimiento Activo y Digno – Publimetro Chile), pero hasta ahora sin resultados positivos.
Cuadro comparativo entre los principios de la Convención Interamericana y la situación en Chile (2025):
Principios de la Convención Interamericana | Situación en Chile |
Dignidad, autonomía e independencia | Abordado en la Política Nacional de Envejecimiento Positivo, pero sin respaldo constitucional ni leyes específicas. |
No discriminación por edad (edadismo) | Ley Antidiscriminación (Ley Zamudio), pero sin mención explícita al edadismo ni legislación específica. |
Participación plena e inclusión | Programas de participación a nivel local y nacional (clubes y fondos SENAMA), pero de carácter programático, no garantizados como derechos. |
Enfoque de género y derechos de las mujeres mayores | Programas aislados en salud; falta un enfoque transversal de género en las políticas de envejecimiento. |
Envejecimiento activo y saludable | Considerado en la Política de Envejecimiento Positivo, pero sin un sistema nacional de cuidados ni apoyo integral. |
Acceso a la justicia y protección legal | Programas de defensoría y atención, pero sin una ley específica que garantice la protección integral de los derechos de las personas mayores. |
Solidaridad intergeneracional | Algunos programas de integración generacional (por ejemplo, mentorías), pero no es un principio rector en la legislación. |
Progresividad y atención preferencial | No existe reconocimiento legal de la atención preferencial más allá de ciertas normas administrativas. |
Accesibilidad y diseño universal | Considerado en la Ley de Discapacidad, pero faltan políticas amplias y vinculantes de accesibilidad universal. |